Se informa a la población respecto a la tenencia de armas de fuego

En el marco de la campaña de regularización y tenencia responsable de armas de fuego, se informa a la población sobre prórroga para realizar los trámites correspondientes, fines y detalles sobre los mismos. De acuerdo a lo establecido por la Ley 19.915 de noviembre 2020, fue extendido el plazo para los trámites de regularización por tenencia de armas de fuego, el que será hasta el 4 de enero de 2022. Dicha prórroga aplica para aquellas personas que ya poseen armas de fuego y deseen conservarlas, o por el contrario deseen hacer entrega de las mismas, tal como lo señala el artículo 6to. De la Ley 19.247 de 2014 siendo exceptuados de las sanciones dispuestas por la tenencia NO autorizada (Ley 19.247 Art. 10). Con la nueva normativa aprobada se busca entre otros aspectos: Incentivar el registro y declaración de las armas, a los efectos de contar con información actualizada, completa y con un adecuado contralor Lograr un efectivo contralor de las armas en propiedad de civiles y de una tenencia responsable No afectar a aquellos ciudadanos honestos que tienen la voluntad de cumplir la normativa legal establecida No convertir al ciudadano respetuoso de la ley en infractor y a combatir el llamado «mercado negro» Desburocratizar, simplificar, agilizar, y facilitarle los trámites al ciudadano, para incentivarlo a regularizar. Por lo expresado anteriormente se insta a la población que posee armas de fuego a realizar los trámites de regularización o entrega de las mismas y así cumplir con la normativa vigente, evitando problemas futuros por su incumplimiento. Información de interés para la adquisición de los permisos correspondientes: El Título de Habilitación para la Adquisición y Tenencia de Armas (en adelante T.H.A.T.A) habilitará a adquirir armas de los calibres autorizados y se expedirá con una vigencia de 5 años. Podrá gestionarse por toda persona mayor de 18 años y será expedido por la oficina correspondiente de la Jefatura de Policía del departamento en el que se domicilie el solicitante. Para la tramitación del T.H.A.T.A. se deberá presentar: Fotocopia de la cédula de identidad Constancia de domicilio Justificación de ingresos o medios de vida Certificado de antecedentes judiciales Certificado de aptitud sicofísica expedido por un profesional competente. Dos fotos tipo carné Solo cuando el T.H.A.T.A. se tramite por primera vez, el interesado deberá presentar, Certificado de idoneidad El registro balístico de las armas de fuego que realiza únicamente a las armas nuevas, que se importen al país y serán los importadores quienes deberán remitir las referidas armas, para que se les realice el registro balístico.

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