La Junta Departamental de Florida aprobó por amplias mayorías un proyecto de decreto que regula la circulación en caminos rurales y calles urbanas de tierra luego de episodios de lluvias intensas, con el objetivo de proteger la red vial departamental y evitar deterioros costosos de reparar.
La normativa define como “tránsito pesado” a camiones con o sin acoplados, semirremolques, jaulas, tractores con maquinaria agrícola y toda maquinaria autopropulsada o de arrastre que, por sus características, pueda dañar las vías de circulación.
El Artículo 2 establece que cuando se registren precipitaciones iguales o superiores a 20 mm en 24 horas, según datos del INUMET, quedará prohibida la circulación de tránsito pesado en la caminería rural y calles de tierra de localidades del interior. La medida podrá extenderse hasta 72 horas después del cese de la lluvia, siendo comunicada por la Intendencia a través de sus canales oficiales.
Excepciones y permisos especiales
El decreto contempla excepciones, entre ellas:
Vehículos de servicio público.
Transporte de leche y productos perecederos de hasta 12 toneladas.
Traslado urgente de cosechas, con autorización de la Intendencia.
Traslados de ganado a frigoríficos o ferias, previa autorización.
Situaciones de emergencia que impliquen rescate o asistencia a personas damnificadas.
Asimismo, se habilita al Ejecutivo Departamental a otorgar permisos especiales en casos excepcionales y a celebrar convenios con empresas para el uso de caminería en períodos especiales (por ejemplo, transporte forestal), con obligación de mantener y reparar los caminos utilizados.
Régimen de sanciones
Las infracciones podrán sancionarse con multas de hasta 70 UR por vehículo, además de sanciones específicas según la carga y los daños ocasionados:
0,5 UR por km recorrido para cargas de hasta 15 toneladas.
1 UR por km recorrido para cargas de hasta 20 toneladas.
2 UR por km recorrido para cargas superiores a 20 toneladas.
25 UR por km de caminería afectada por deterioros.
El control estará a cargo de funcionarios municipales, de tránsito y de obras, quienes informarán al Ejecutivo para la aplicación de sanciones, cobradas junto con la patente de rodados.
El decreto también dispone la colocación de cartelería indicativa y establece que la Intendencia tendrá un plazo de 90 días para reglamentar la norma.
El proyecto fue aprobado con votaciones afirmativas que oscilaron entre 28 y 30 en 31 ediles presentes, mostrando un consenso político transversal en torno a la necesidad de proteger los caminos rurales y asegurar su transitabilidad en condiciones climáticas adversas.
