El MSP estableció nuevos tiempos máximos de espera para consultas, estudios y cirugías en todo el sistema de salud

El Ministerio de Salud Pública (MSP) presentó una batería de decretos que fijan plazos máximos para acceder a consultas médicas, estudios diagnósticos y procedimientos quirúrgicos en todo el país. La medida, anunciada por la ministra Cristina Lustemberg, apunta a reducir las demoras, ordenar la gestión de agendas y garantizar mayor previsibilidad a los usuarios del sistema sanitario.

Los nuevos lineamientos alcanzan tanto a prestadores públicos como privados e introducen tiempos concretos que deberán cumplirse desde el momento en que el paciente realiza la solicitud.
Consultas en 24 horas
Uno de los cambios más relevantes establece que las consultas en medicina general, pediatría, ginecología y medicina familiar y comunitaria deberán otorgarse dentro de las 24 horas hábiles posteriores al pedido del usuario. Se trata de áreas consideradas clave dentro del primer nivel de atención y que concentran buena parte de la demanda diaria.
La intención de la cartera es asegurar una respuesta rápida ante situaciones comunes de salud, evitando que dolencias simples se agraven por falta de atención oportuna.
No obstante, el decreto diferencia los casos en que el paciente solicita ser atendido por un profesional específico, es decir, por su médico tratante habitual. En pediatría, medicina general, familiar y comunitaria, cuando se pide hora con nombre y apellido, el plazo máximo para agendar no podrá superar los 30 días corridos.
En ginecología, si la consulta es con el médico de referencia que sigue el caso de la paciente, el tiempo de espera podrá extenderse hasta 90 días corridos.
En lo que respecta a cirugía general, la consulta deberá coordinarse dentro de las 48 horas desde que el usuario la solicita.
Especialidades médicas
Para el resto de las especialidades médicas y quirúrgicas —como cardiología, dermatología, traumatología u otras no incluidas en el primer grupo— el decreto fija un plazo máximo de 30 días corridos para otorgar consulta, tomando en cuenta la primera fecha disponible dentro de cada especialidad.
Si el paciente opta por atenderse con su especialista de confianza o médico tratante habitual, el plazo para conseguir turno podrá ser de hasta 90 días corridos desde la solicitud.
Con esta diferenciación, el MSP busca equilibrar el derecho del usuario a elegir profesional con la necesidad de garantizar tiempos razonables de atención.
Consultas priorizadas
Otra novedad es la creación de la categoría de “consultas priorizadas”. Se trata de determinadas especialidades que el Ministerio definirá en las próximas semanas y que, por su relevancia clínica, deberán tener un acceso más ágil.
En estos casos, la consulta deberá coordinarse dentro de los 10 días hábiles posteriores a la solicitud. El objetivo es atender con mayor rapidez situaciones que, sin ser catalogadas como urgentes, requieren seguimiento cercano para evitar complicaciones.
Plazos para cirugías
El decreto también regula los tiempos para intervenciones quirúrgicas. En el caso de cirugías oncológicas, consideradas de alta sensibilidad por su impacto en la evolución de la enfermedad, el procedimiento deberá realizarse en un plazo máximo de 30 días corridos desde que fue indicado por el especialista.
Para el resto de las cirugías no urgentes, el tiempo límite será de 180 días corridos a partir de la indicación médica. Con esta medida se busca ordenar las listas de espera y brindar mayor certeza a los pacientes que aguardan una intervención.
Estudios diagnósticos
En cuanto a los exámenes clínicos, también se establecieron plazos concretos. Las tomografías axiales computadas no urgentes deberán realizarse dentro de los 60 días corridos desde la fecha de solicitud.
Para estudios como resonancia magnética, ecocardiograma común y doppler, así como endoscopías digestivas no urgentes, el plazo máximo será de 90 días corridos. El decreto prevé que este límite se reduzca a 60 días a partir del año 2027, lo que implicará una exigencia mayor para los prestadores.
En los casos en que la endoscopía sea considerada prioritaria, la coordinación deberá concretarse en un máximo de 30 días.
Un cambio con impacto en todo el sistema
La implementación de estos plazos supone un desafío para las instituciones de salud, que deberán ajustar sus mecanismos de agenda y gestión para cumplir con las nuevas exigencias. Desde el MSP se remarcó que la intención es mejorar la calidad de la atención y reducir demoras que históricamente han sido motivo de reclamo por parte de los usuarios.
La normativa busca aportar mayor transparencia y reglas claras, estableciendo tiempos definidos que permitan a los pacientes saber cuánto pueden esperar en cada caso.
Con estos decretos, el Ministerio procura avanzar hacia un sistema más ordenado y con tiempos de respuesta más acotados, en un tema sensible para la población como lo es el acceso oportuno a la salud.
Redacción de Cambios

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