Monopatines eléctricos: casco obligatorio y límite de 25 km/h

El Congreso de Intendentes aprobó por unanimidad una nueva reglamentación nacional para el uso de monopatines eléctricos en Uruguay. La normativa establece condiciones de circulación, requisitos de seguridad y obligaciones de registro y seguro para estos vehículos. Redacción Diario CAMBIOS

Uno de los puntos centrales es el límite de velocidad: los monopatines no podrán superar los 25 kilómetros por hora. Además, se establece el uso obligatorio de casco y chaleco reflectivo, junto con luces delanteras, traseras y laterales. Los vehículos deberán contar también con frenos adecuados.
La reglamentación determina que estos dispositivos serán de uso unipersonal, por lo que no estará permitido transportar a más de una persona.
Otro aspecto relevante es la obligación de registrar los vehículos mediante un sistema de identificación o tag a través del Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehiculares (Sucive). También se exigirá el Seguro Obligatorio de Automotores (SOA), aunque no se cobrará una patente tradicional.
En cuanto a la edad, el uso estará habilitado a partir de los 14 años. Los menores de edad, entre los 14 y los 17 años, deberán contar con autorización firmada de su padre, madre o tutor.
La iniciativa apunta a establecer reglas comunes para la circulación de estos vehículos, cuyo uso plantea nuevos desafíos para la seguridad vial. Entre los riesgos señalados se encuentran los accidentes relacionados con la falta de elementos de protección y de condiciones técnicas adecuadas.
Según la información proporcionada, la normativa todavía debe atravesar los procesos de ratificación correspondientes en las respectivas juntas departamentales. Por tanto, ese trámite es un paso pendiente antes de considerar completada su implementación.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *