La nueva normativa comenzará a regir el 1.º de mayo de 2026 e introduce modificaciones al régimen de encomiendas internacionales
El Ministerio de Economía y Finanzas aplicará a partir del 1.º de mayo de 2026 una serie de cambios en el régimen de compras por internet en el exterior, tras la aprobación del Presupuesto en diciembre de 2025 por parte del Parlamento. Las modificaciones responden al fuerte incremento de este tipo de transacciones en los últimos años, especialmente a través de plataformas internacionales, y establecen nuevas condiciones para el uso de las franquicias vigentes.
De acuerdo con lo dispuesto, el régimen de encomiendas internacionales pasará a tener un tope anual de 800 dólares, en lugar de los actuales 600 dólares distribuidos en tres compras. No obstante, la normativa establece que “las importaciones bajo esta franquicia quedarán sujetas a las disposiciones contenidas en el artículo 4º y en el literal B) del artículo 13 del Título 10 del Texto Ordenado 2023 (Impuesto al Valor Agregado)”, lo que implica que estas operaciones comenzarán a estar gravadas con el IVA.
La ley también dispone que “el beneficiario autoriza a las entidades administradoras de tarjetas de crédito, de débito, de instrumentos de dinero electrónico o de instrumentos análogos que determine el Poder Ejecutivo a suministrar la información necesaria y suficiente a la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) a los efectos de garantizar la adecuada aplicación del mismo”, reforzando así los mecanismos de control sobre las compras realizadas bajo este régimen.
En paralelo, continuará vigente el régimen simplificado de importación, que permite ingresar productos del exterior mediante el pago de un tributo único del 60% del valor de la mercadería, con un mínimo de 10 dólares. Este sistema habilita compras de hasta 200 dólares y 20 kilos por operación, sin límite anual de cantidad, siempre que se abone el impuesto correspondiente. Con la nueva normativa presupuestal, este régimen también pasará a tener un tope anual máximo de 800 dólares.
Sin embargo, el artículo 620 de la ley aclara que “lo dispuesto en el inciso anterior se aplicará bajo circunstancias normales” y establece además que “en los casos en que haya acuerdos comerciales internacionales que contengan disposiciones específicas en materia de envíos postales internacionales, dichos envíos quedarán sujetos a los términos y condiciones dispuestos en el referido instrumento”.
En ese marco, el único acuerdo vigente que introduce una excepción es el Acuerdo Marco sobre Comercio e Inversión entre Uruguay y Estados Unidos, conocido como TIFA, firmado en 2007. En función de este convenio, las compras de hasta 200 dólares realizadas en tiendas con sede fiscal en Estados Unidos no pagan IVA y computan dentro del total anual permitido de 800 dólares sin tributos adicionales.
Esto implica que, si se adquieren productos por un valor superior a 200 dólares y hasta 800 dólares en Estados Unidos, se deberá abonar el IVA correspondiente. Asimismo, las compras inferiores a 200 dólares, aun cuando estén exentas de IVA por el TIFA, se descontarán del total anual disponible y utilizarán una de las tres franquicias anuales.
Al respecto, el socio del Departamento de Impuestos y Legal de KPMG, Aldo Zignago, explicó que “la diferencia que tenemos es que estas importaciones van a empezar a quedar gravadas con IVA al 22% salvo en el caso de EE. UU. (por el TIFA), que aplica en tanto sean tres importaciones de US$ 200. […] Es decir, a partir del 1º de mayo de 2026 vas a pagar el IVA en todos los casos, salvo que hagas tres compras a EE. UU. que no excedan los US$ 200; en eso no pagás IVA”.
Consultado sobre cómo se instrumentará el pasaje de un régimen a otro una vez que entre en vigor la nueva normativa, Zignago señaló que “hay que ver la solución que prevé la reglamentación” que finalmente disponga el Poder Ejecutivo, y agregó que “es uno de los desafíos que tenemos siempre en el mundo tributario cuando cambiamos de regímenes”.
En ese sentido, indicó que “muchas veces cuando suceden este tipo de cosas existe un artículo que se llama transitorio, que justamente [dice] ‘en el año de transición, lo que se va a hacer [es] para el régimen anterior X y para el régimen nuevo, Y’”. Según adelantó, las autoridades podrían optar por separar los regímenes, prorratearlos por meses del año o incluso aplicar un “reset” que permita a los usuarios contar con un total de 1.400 dólares de franquicias durante 2026. “Hay que esperar qué dice el decreto”, concluyó.
Redacción de Cambios
Fuente: Montevideo Portal
