El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, ha reglamentado el artículo 284 de la ley n.° 19.924, que establece la erradicación de montes frutales abandonados que representen un riesgo fitosanitario y sean foco de propagación de plagas y enfermedades. Los propietarios serán intimados o sancionados en caso de incumplimiento.
«Nuestro objetivo es claro: no pueden existir en Uruguay montes frutales en condición de abandono», enfatizó Nicolás Chiesa, director general de la Granja del Ministerio de Ganadería. Según Chiesa, la cartera intimará a los responsables de estos terrenos para que erradiquen o acondicionen los montes, evitando así la propagación de plagas como el gusano de la manzana, el gusano del durazno, la grafolita o la carpocapsa, y protegiendo a los productores vecinos.
El director señaló que en 2020 y 2023 se convocó a los productores con montes en malas condiciones a inscribirse para obtener recursos económicos y mejorar la situación. Los montes frutales abandonados son aquellos que no han tenido control de plagas en el último año, carecen de plantas o disponen de ramas secas, y no han recibido manejo eficiente durante dos temporadas consecutivas.
Los propietarios de estos terrenos deberán informar sobre la situación del predio y permitir el acceso a los funcionarios del Ministerio de Ganadería. En caso de negativa, se recurrirá a la Justicia, y de persistir la situación, se aplicarán sanciones.
Esta medida busca garantizar la sanidad de los cultivos frutales y promover prácticas responsables en el sector ganadero, asegurando la calidad de la producción agrícola en Uruguay.