Nuevas regulaciones de licencia y subsidio por enfermedad para funcionarios públicos

Mayor control y límites establecidos para ausencias por motivos de salud y accidente laboral

Establecimiento de un nuevo régimen de licencias y subsidios
El Poder Ejecutivo ha emitido un decreto que introduce un régimen actualizado en materia de licencias y subsidios por enfermedad para los funcionarios públicos en Uruguay. Esta medida busca establecer mayores controles y límites en relación con las ausencias por motivos de salud y accidentes laborales.
Detalles y alcance de las nuevas regulaciones
Según el decreto firmado por el presidente Luis Lacalle Pou y los 14 ministros, los empleados públicos tendrán derecho a un máximo de nueve días hábiles de licencia remunerada al año. Estos días podrán ser utilizados de forma intermitente o consecutiva para cubrir ausencias debido a enfermedad o accidente.
A partir del décimo día de licencia, se aplicará un sistema de subsidio por enfermedad. En este caso, el pago será del 75% o 100% del salario, dependiendo de las circunstancias particulares. Sin embargo, es importante destacar que algunos beneficios como los sociales, la antigüedad, las partidas por locomoción, los viáticos y las horas extras no estarán incluidos en este pago.
Además, el decreto establece que los días de licencia remunerada por enfermedad se generarán el 1 de enero de cada año y podrán ser utilizados hasta el 31 de diciembre del mismo año, sin posibilidad de acumulación para el año siguiente. Los funcionarios que sean designados durante el transcurso del año tendrán derecho a los días de licencia remunerada por enfermedad desde su ingreso hasta el 31 de diciembre.
Estas regulaciones aplican a funcionarios presupuestados o contratados que se desempeñan en el Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Tribunal de Cuentas, Corte Electoral, Tribunal de los Contencioso Administrativo, Servicios Descentralizados y Fiscalía General de la Nación, así como a funcionarios diplomáticos del servicio exterior que se encuentran en misión en el extranjero y a funcionarios de los gobiernos departamentales. Sin embargo, se establecen excepciones para los defensores públicos, los funcionarios del escalafón N de la Fiscalía, los magistrados del Poder Judicial, los funcionarios diplomáticos del servicio exterior en misión en el extranjero y los funcionarios de los gobiernos departamentales.
En síntesis, estas nuevas regulaciones buscan mejorar el control y reducir las ausencias injustificadas por motivos de enfermedad o accidente en el sector público. Amplían los límites y establecen un sistema de subsidio por enfermedad para garantizar la protección y bienestar de los funcionarios públicos, al tiempo que se promueve una mayor gestión eficiente de los recursos y la administración estatal.

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