Seis condenados tras operativo antidrogas con allanamientos en Santa Clara de Olimar y Cerro Chato

La denominada Operación Interconexión permitió desarticular varios puntos de venta de estupefacientes. Se incautaron cocaína, dinero, un vehículo, teléfonos celulares y mercadería en infracción aduanera.
Redacción de CAMBIOS

Seis personas fueron condenadas por la Justicia como resultado de la Operación Interconexión, un procedimiento antidrogas desarrollado en las localidades de Santa Clara de Olimar y Cerro Chato, en el departamento de Treinta y Tres, que incluyó doce allanamientos simultáneos y la detención de ocho personas.
La investigación fue dirigida por la Fiscalía Letrada de 2.º Turno y estuvo a cargo de la Brigada Departamental Antidrogas de la Jefatura de Policía de Treinta y Tres, con apoyo de la Unidad de Investigaciones de la Zona Operacional III.
En el operativo también participaron efectivos de los Grupos de Reserva Táctica (GRT) de Treinta y Tres, Durazno y Florida, además de personal de Investigaciones de la Zona Operacional I, la Brigada Departamental de Seguridad Rural, la Unidad de Respuesta y Patrullaje (URP) y la Unidad K9.
Durante los allanamientos, la Policía incautó una camioneta, quince teléfonos celulares, aproximadamente 150.000 pesos uruguayos, 84 gramos de cocaína procesada, 95 gramos de cocaína sin procesar, mercadería en infracción aduanera y otros elementos considerados de interés para la investigación.
Los ocho detenidos fueron puestos a disposición de la Fiscalía, que continuó con las actuaciones hasta la realización de la audiencia judicial.
Las condenas
El Juzgado Letrado de 4.º Turno de Treinta y Tres dispuso la condena de W.A.G.G. y E.G.M.G. como autores de un delito continuado de suministro de sustancias estupefacientes prohibidas, en reiteración real con un delito de receptación agravado. Ambos deberán cumplir dos años y un mes de penitenciaría.
Asimismo, J.A.M.P. y L.E.L.N. fueron condenados como autores de un delito de suministro de sustancias estupefacientes prohibidas, recibiendo una pena de dos años de penitenciaría.
Por su parte, M.D.G.P. fue condenado por un acto preparatorio del delito de suministro de estupefacientes, en reiteración real con un delito de tenencia no autorizada de municiones. La sentencia establece ocho meses de pena, de los cuales deberá cumplir dos meses de prisión efectiva y seis meses en régimen de libertad a prueba.
En tanto, L.F.A.P. fue condenado por un delito de tenencia no autorizada de armas de fuego y municiones, imponiéndosele una multa equivalente a 20 Unidades Reajustables.
Los otros dos detenidos recuperaron la libertad al no disponerse medidas penales en su contra.
Además de las condenas, la Justicia ordenó el decomiso de la cocaína incautada y la confiscación del arma de fuego, el vehículo, el dinero, los teléfonos celulares y los demás bienes vinculados a la maniobra investigada.

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